El Interruptor de Control de Potencia (ICP)

Muchos usuarios de electricidad habrán recibido en su domicilio notificaciones de su compañía eléctrica informándoles sobre la necesidad de instalar en su vivienda el Interruptor de Control de Potencia.

No obstante, este elemento de control ya viene instalado desde hace varios años en las viviendas de nueva construcción, por lo que sólo están obligados a instalarlo los propietarios de viviendas en los que no exista.

¿Qué es el Interruptor de Control de Potencia?

El Interruptor de Control de Potencia  (ICP) se  se sitúa normalemente junto al Cuadro General de Mando y Protección, e inmediatamente antes de él. Este interruptor desconecta toda la instalación cuando la suma de las potencias demandadas por los aparatos que se encuentran funcionando a la vez sobrepasa la potencia contratada. Si esto se produce de forma frecuente indica que la potencia contratada es insuficiente.

Otros elementos de seguridad y control existente en las viviendas son el Interruptor General Automático, el Interruptor Diferencial y los Pequeños Interruptores Automáticos, muchos de ellos habituales en las instalaciones electricas de la vivienda, pero diferentes al ICP.

El Interruptor General Automático  (IGA) e s el encargado de proteger de sobrecargas y cortocircuitos la instalación completa de la vivienda. Este elemento es de reciente incorporación en el Cuadro General de Mando y Protección, por lo que es habitual que muchos cuadros no lo tengan instalado.

El Interruptor Diferencia (ID) s irve para desconectar la instalación eléctrica de forma rápida cuando existe una fuga a tierra, protegiendo a las personas contra los contactos a las descargas eléctricas.

Y, por último, los Pequeños Interruptores Automáticos (PIAs),   protegen de los incidentes producidos por los cortocircuitos y sobrecargas en cada uno de los circuitos interiores (iluminación, calefacción, electrodomésticos, etc.). El número de estos PIAs será igual al número de circuitos que haya dentro de la vivienda.  

Para instalar el ICP es necesario disponer de una caja normalizada donde colocarlo. El tamaño aproximado de la caja es 15 x 20 x 9 cm.

¿Por qué se debe instalar el ICP?

El Real Decreto 1454/2005, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico, y la Orden ITC 1857/2008, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de julio de 2008, establecen que las instalaciones eléctricas deberán contar obligatoriamente con dispositivos de control de la potencia demandada.

Este control de la potencia, para el caso de suministros domésticos con potencia contratada menor o igual a 15 kW, se realizará mediante la instalación del interruptor de control de potencia (ICP) adecuado a la potencia contratada .

¿Qué sucede si no se instala el ICP?

De acuerdo a la disposición Adicional I de la citada Orden ITC/1857/2008, la facturación de tu potencia contratada se verá incrementada con un recargo , aplicándose una potencia a facturar de 20 kW para los suministros domésticos con potencia menor o igual a 15 kW.

¿Quién puede instalar el ICP?

Previo a la instalación del ICP, la instalación eléctrica deberá estar debidamente adaptada, contando con una caja normalizada donde alojar el ICP. En caso de no disponer de ella, el propietario de la vivienda deberá contactar con un instalador autorizado que procederá a su instalación y la dejará preparada para alojar el ICP.

Una vez se disponga de caja normalizada, el usuario puede optar entre:

  • Solicitar su instalación en régimen de alquiler (conforme a los precios vigentes en cada momento) a la compañía distribuidora. Ésta realizará la instalación y el precintado en la misma visita.
  • Adquirir el ICP por suu cuenta y que un instalador autorizado lo coloque. Después, deberá ponerse en contacto con la empresa distribuidora para que ésta revise y precinte el ICP.  

A partir de la fecha en que tenga instalada la caja normalizada y/o quede instalado el ICP, deberá comunicarlo a la empresa distribuidora quien, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, procederá a facturar de acuerdo con la tarifa y potencia que corresponda a tu suministro (sin penalización).

¿Qué coste tiene la instalación del ICP?

Partiendo de que existe una caja normalizada donde instalar el ICP (en caso contrario, deberá ponerte en contacto con un instalador autorizado para que realice el trabajo), tienes dos opciones:

  • Instalarlo en régimen de alquiler con la distribuidora (precio de alquiler mensual del ICP: desde los 0,03€, dependiendo del tipo de instalación). 
  • Instalarlo por su cuenta con un instalador autorizado. Posteriormente la compañía distribuidora tendrá que acudir para precintar el ICP instalado.

En ambos casos la distribuidora facturará un importe (sobre los 10 €) en concepto de revisión y precintado del ICP.